Existe violencia doméstica entre padres e hijos aún sin convivencia. STS 47/2020, Sala de lo Penal, de 11/2/2020.
Esta Sentencia cambia el criterio fijado en Sentencia de Fecha 16/3/2007 ( 201/2007, nº rec. 1066/2006). En la que se declaraba que en el delito de violencia doméstica, lo fundamental a efectos punitivos era la convivencia entre familiares.
LAS LLAMADAS PÉRDIDAS EN CASO DE VIOLENCIA DE GÉNERO SE CONSIDERAN DELITO DE QUEBRANTAMIENTO. STS 650/2019, Sala de lo Penal, recurso 1369/2018, de 20 de diciembre de 2019.
El mero hecho de llamar cuando es posible identificar la procedencia ya supone un acto consumado de comunicación, no siendo necesario la recepción de la llamada.